Individuos o promotores que adquieran, construyan o mejoren vivienda, y promotores que inviertan en su capacidad productiva.
2.5.3.2 Intereses Moratorios.
Los intereses moratorios serán también pactados libremente por las partes y podrá aplicarse un sistema similar al del punto 1.5.3.2.
Las operaciones de que se trata se formalizarán mediante los procedimientos que establezca la institución de crédito y podrán pactarse sin garantía hipotecaria o fiduciaria.
El FOVI podrá cobrar a los acreditados comisiones según el Anexo 25.
2.8.1 En su caso, se otorgarán las garantías que se señalan en el Anexo 26 de las presentes Condiciones Generales.