6. SUBASTAS

 

 

6.2 Subastas a bancos de líneas de crédito de largo plazo.
6.3 Subastas a bancos de líneas de crédito de medio plazo.

 

 


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6. SUBASTAS

6.2 Subastas a bancos de líneas de crédito de largo plazo.

6.2.1 Objeto subastado.

Se subastarán líneas de crédito de largo plazo a las instituciones, para que puedan otorgar créditos individuales con recursos de FOVI, que no cuenten con derechos que provengan de subastas a promotores.

6.2.2 Destino.

Estos créditos sólo podrán otorgarse para los siguientes conceptos:

a) La adquisición de vivienda nueva o usada para ser habitada por su propietario o para ser arrendada. La adquisición podrá apoyarse con sustitución de crédito.

b) La construcción y mejora cuando la vivienda sea o vaya a ser habitada por su propietario, independientemente que se contrate o no a un promotor o constructor para estas obras. Estos conceptos podrán apoyarse con sustitución de crédito, asimismo la construcción podrá ser para vivienda destinada al arrendamiento.

c) El financiamiento de intereses ordinarios y, en su caso, moratorios de los créditos y penas; así como el financiamiento de comisiones por apertura de crédito, estudio socioeconómico, de factibilidad y avalúo.

En cada subasta se podrán limitar los destinos financiables. Para los pequeños promotores, el número máximo de viviendas nuevas por conjunto habitacional que podrá asignarse, deberá estar de acuerdo al Anexo 1 de las Condiciones Generales de Financiamiento para los Acreditados.

6.2.3 Acreditados.

Los acreditados serán: personas físicas que vayan a habitar la vivienda, pequeños promotores y personas físicas o morales en el caso que las vayan a arrendar.

6.2.4 Condiciones financieras.

Las señaladas en los puntos 1.5 y 2.5, de las Condiciones Generales de Financiamiento para los Acreditados.

6.2.5 Viviendas financiables.

6.2.5.1 Viviendas usadas con valor conforme al señalado en el Anexo 3 de las Condiciones Generales de Financiamiento a los Acreditados, excepto en el caso de las ubicadas en centros históricos o con renta congelada, en cuyo caso se podrá excluir del avalúo bancario el valor del terreno, y estar dentro del valor máximo que se señale en la convocatoria.

6.2.5.2 Viviendas nuevas que cumplan los requisitos señalados en el punto 6.1.5 de las Condiciones Generales de Financiamiento para los Acreditados.

6.2.6 Posturas.

6.2.6.1 Presentación de las posturas.

6.2.6.1.1 En una subasta cada postor deberá presentar una sola postura por cada monto solicitado. En caso de que un postor solicite en una misma subasta diferentes montos, deberá presentar una postura por cada monto solicitado.

6.2.6.1.2 Las posturas se presentarán señalando la comisión mensual que cada institución de crédito ofrezca realizar al FOVI, por utilizar los recursos de la línea de crédito. Dichas posturas se expresarán en términos de pesos por millar de crédito. Se cubrirán al Fondo durante la vigencia del crédito. El monto inicial de la comisión se ajustará en el mismo porcentaje en que lo haga la erogación neta a la que esté ligada. Esta comisión será pagadera al FOVI independientemente de la forma y plazos que tengan las comisiones acordadas entre la institución y el cliente.

6.2.6.1.3 Se entenderá que la comisión que se ofrezca en cada postura será pagada sobre el monto total de la línea de crédito ejercida.

6.2.6.1.4 Las posturas serán presentadas a FOVI a más tardar en la fecha que al efecto se indique en la convocatoria respectiva, en las oficinas del propio FOVI. Dichas posturas deberán entregarse en sobre cerrado, acompañado de una carta de presentación, o por otro medio que señale el FOVI.

6.2.6.1.5 Las posturas deberán presentarse conforme al modelo que se encuentra a disposición de los interesados, en las oficinas de FOVI.

6.2.6.2 Efectos de las posturas.

6.2.6.2.1 Las posturas presentadas surtirán los efectos más amplios que en derecho corresponda, e implicarán la aceptación del postor a todas y cada una de las presentes Condiciones Generales, así como a los términos establecidos en la convocatoria correspondiente. Las posturas tendrán carácter obligatorio para quien las presente y serán irrevocables y cada postura será válida únicamente en la subasta en la que se presente.

6.2.6.2.2 FOVI podrá dejar sin efecto y, por lo tanto, no participará en la subasta respectiva, la o las posturas que reciba y que no se ajusten a las presentes Condiciones Generales o a la convocatoria correspondiente, no sean claramente legibles, tengan enmendaduras o correcciones, o bien se encuentren incompletas o de alguna manera incorrectas.

6.2.7 Postores.

En cada subasta sólo podrán ser postores las instituciones de crédito.

6.2.8 Procedimiento de asignación.

6.2.8.1 Las posturas que FOVI reciba se ordenarán de la más alta a la más baja, en función de la comisión que cada postor ofrezca pagar en términos de pesos por millar de crédito, al FOVI durante la vida de los créditos.

6.2.8.2 En caso de que así se indique en la convocatoria respectiva, se determinará un "margen de asignación", con base en el promedio ponderado de todas las posturas recibidas, cuyo límite inferior se calculará restando, al referido promedio, el factor señalado en la propia convocatoria y, en su caso, el límite superior, adicionando a dicho promedio el factor que también se indique en la citada convocatoria.

Las posturas no comprendidas dentro del "margen de asignación" antes mencionado, no participarán en las subastas.

6.2.8.2 En el evento de que en la convocatoria correspondiente se indiquen cantidades absolutas como límites, mínimo y/o máximo, para las posturas, aquéllas no comprendidas dentro de tales límites no participarán en la subasta.

6.2.8.3 El monto total de los recursos ofrecidos en cada subasta, será asignado de conformidad con el monto máximo de crédito solicitado por cada postor, aceptando primero la postura más alta, y continuando en orden descendente hasta agotar el monto total subastado. En caso de existir condiciones diferentes de asignación, se establecerán en la convocatoria.

6.2.8.4 En caso de posturas iguales hasta la décima de peso por millar y de que el monto por asignar no fuere suficiente para atender tales posturas, se dará preferencia a la solicitud del postor con menor cantidad de crédito solicitado.

Si a pesar de los elementos citados las posturas continuan siendo iguales, el monto pendiente de distribuir no será asignado.

6.2.8.5 En atención a la suma de los montos máximos solicitados financiables correspondientes a los postores cuyas posturas reciban asignación, parte del monto total de los créditos a que se refiera cada subasta podrá quedar sin asignación.

En el evento de que, en alguna subasta, el monto pendiente por asignar no sea suficiente para cubrir el importe total del monto máximo solicitado por las posturas aún no atendidas, se otorgarán recursos hasta donde alcance el monto subastado. Este último será otorgado siempre y cuando el postor lo acepte.

6.2.8.6 Monto máximo de crédito por institución.

El monto máximo de crédito para cada institución podrá determinarse de conformidad con los términos previstos en las convocatorias.

6.2.9 Resultados.

Los resultados de las subastas conforme a las presentes Condiciones Generales serán definitivos.

FOVI dará a conocer por escrito, a cada postor y por cada postura que haya presentado, si dicha postura recibió o no asignación, así como los resultados globales de la subasta. Esta comunicación será enviada por FOVI a los postores el segundo día hábil bancario inmediato siguiente al de la subasta de que se trate.

6.2.10 Procedimiento operativo posterior a la subasta.

6.2.10.1 El postor que haya recibido asignación deberá utilizar su línea de crédito correspondiente dentro de un plazo de 180 días naturales a partir de la fecha de la subasta, y en función de su ejercicio se le podrá otorgar una prórroga similar al plazo antes mencionado. El FOVI podrá establecer en el Anexo 28, o en la convocatoria una comisión de compromiso a cargo de la institución de crédito, como un porcentaje del saldo no utilizado de la línea de crédito.

6.2.10.2 Las líneas de crédito asignadas en las subastas sólo serán operadas por cada postor que haya recibido asignación.

6.2.10.3 Las líneas de crédito asignadas sólo podrán ser ejercidas si se cumple con todos los requisitos previstos en las presentes Condiciones Generales y en las demás disposiciones aplicables.

6.2.10.4 De presentarse un caso de fuerza mayor o fortuito que impida al postor ejercer la línea de crédito dentro del plazo estipulado en el punto 6.3.10.1, podrá solicitar prórroga a FOVI.

6.2.11 Incumplimiento.

En el evento de que por causas imputables al postor, éste no cumpla con las obligaciones señaladas en los puntos 6.2.10.1 y 6.2.10.4 anteriores, dentro del plazo y, en su caso, prórroga respectiva, perderá el derecho a ejercer el saldo del crédito.

6.2.12 Convocatoria.

FOVI dará a conocer por escrito a las instituciones de crédito la convocatoria a las subastas, por lo menos con cinco días hábiles bancarios de anticipación a la fecha de su celebración.

En las convocatorias se indicará: la fecha de celebración de la subasta; el monto total a subastar, expresado en número de veces el salario mínimo mensual del Distrito Federal; el plazo para presentar las posturas; en su caso, los límites mínimo y/o máximo a los que deberán ajustarse las posturas; así como las demás características de la subasta a que la propia convocatoria esté referida.

6.3 Subastas a bancos de líneas de crédito de medio plazo.

6.3.1 Objeto subastado.

Se subastarán líneas de crédito de medio plazo a las instituciones de crédito, para que puedan otorgar créditos a individuos o a promotores con recursos de FOVI.

6.3.2 Destino.

Estos créditos solo podrán otorgarse para los fines señalados en los puntos 2.1, 3.1 y 5.1 de las Condiciones Generales de Financiamiento para los Acreditados.

6.3.3 Acreditados.

Los señalados en los puntos 2.3, 3.3 y 5.3 de las Condiciones Generales de Financiamiento para los Acreditados.

6.3.4. Condiciones financieras.

Las señaladas en los puntos 2.5, 3.5 y 5.5 de las Condiciones Generales de Financiamiento para los Acreditados.

6.3.5 PROYECTOS FINANCIABLES:

Los proyectos financiables deberán cumplir con lo establecido en los puntos 2.4, 3.4 y 5.4 de las Condiciones Generales de Financiamiento para los Acreditados.

Las viviendas objeto de los créditos a que se refieran las subastas, deberán tener las características señaladas en el punto 1.4 de las Condiciones Generales de Financiamiento para los Acreditados.

6.3.6 Posturas.

6.3.6.1 Presentación de las posturas.

6.3.6.1.1 En una subasta cada postor deberá presentar una sola postura por cada monto solicitado. En caso de que un postor participe en una misma subasta con diferentes montos por solicitar debe presentar una postura por cada monto solicitado.

6.3.6.1.2 Las posturas se expresarán en términos de la tasa de interés anual que cada institución ofrezca pagar al FOVI por utilizar los recursos de la línea de crédito. Dichas posturas se expresarán hasta en centésimas de punto de tasa de interés anual. Se entenderá que dichas tasas no podrán ser inferiores a las que fije FOVI en la convocatoria. Se entenderá que en el pago de estas tasas de interés no quedará comprendida comisión alguna de FOVI.

6.3.6.1.3 Se entenderá que la tasa de interés anual que se ofrezca en cada postura, será aplicada en forma mensual a la línea de crédito asignada, según lo señalado en el Anexo 27.

6.3.6.1.4 Las posturas serán presentadas a FOVI a más tardar en la fecha que al efecto se indique en la convocatoria respectiva, en las oficinas del propio FOVI. Dichas posturas deberán entregarse en sobre cerrado, acompañado de una carta de presentación u otro medio que señale el FOVI.

6.3.6.1.5 Las posturas deberán presentarse conforme al modelo que se encuentra a disposición de los interesados, en las oficinas de FOVI.

6.3.6.2 Efectos de las posturas.

6.3.6.2.1 Las posturas presentadas surtirán los efectos más amplios que en derecho corresponda, e implicarán la aceptación del postor a todas y cada una de las presentes Condiciones Generales, así como a los términos establecidos en la convocatoria correspondiente. Las posturas tendrán carácter obligatorio para quien las presente y serán irrevocables y cada postura será válida únicamente en la subasta en la que se presente.

6.3.6.2.2 FOVI podrá dejar sin efecto y, por lo tanto, no participará en la subasta respectiva, la o las posturas que reciba que no se ajusten a las presentes Condiciones Generales o a la convocatoria correspondiente, no sean claramente legibles, tengan enmendaduras o correcciones, o bien se encuentren incompletas o de alguna manera incorrectas.

6.3.7 Postores.

Sólo podrán ser postores las instituciones de crédito.

6.3.8 Procedimiento de asignación.

6.3.8.1 Las posturas que FOVI reciba se ordenarán de la más alta a la más baja, en función de la tasa de interés anual que cada postor ofrezca pagar al FOVI.

6.3.8.2 En caso de que así se indique en la convocatoria respectiva, se determinará un "margen de asignación", con base en el promedio ponderado de todas las posturas recibidas, cuyo límite inferior se calculará restando, al referido promedio, el factor señalado en la propia convocatoria y, en su caso, el límite superior, adicionando a dicho promedio el factor que también se indique en la citada convocatoria.

Las posturas no comprendidas dentro del "margen de asignación" antes mencionado, no participarán en las subastas.

6.3.8.3 En el evento de que en la convocatoria correspondiente se indiquen límites, mínimo y/o máximo, para las posturas, aquéllas no comprendidas dentro de tales límites no participarán en la subasta.

6.3.8.4 El monto total de los recursos ofrecidos en cada subasta, será asignado de conformidad con el monto máximo de crédito solicitado por cada postor, aceptando primero la postura más alta y continuando en orden descendente hasta agotar el monto total subastado. En caso de existir condiciones diferentes de asignación se establecerán en las convocatorias.

6.3.8.5 En caso de posturas iguales hasta la centésima de punto de tasa de interés anual y de que el monto por asignar no fuere suficiente para atender tales posturas, se dará preferencia a la solicitud del postor con menor cantidad de crédito solicitado.

Si a pesar de los elementos citados las posturas continúan siendo iguales, el monto pendiente de distribuir no será asignado.

6.3.8.6 En atención a la suma de los montos máximos financiables correspondientes a los postores cuyas posturas reciban asignación, parte del monto total de los créditos a que se refiera cada subasta podrá quedar sin asignación.

En el evento de que, en alguna subasta, el monto pendiente por asignar no sea suficiente para cubrir el importe total del monto máximo solicitado por las posturas aún no atendidas, se le otorgarán recursos hasta donde alcance el monto subastado. Este último será otorgado siempre y cuando el postor lo acepte.

6.3.8.7 Monto máximo de crédito por institución.

El monto máximo de crédito para cada institución podrá determinarse de conformidad con los términos previstos en las convocatorias.

6.3.9 Resultados.

Los resultados de las subastas conforme a las presentes Condiciones Generales serán definitivos.

FOVI dará a conocer por escrito a cada postor, si su postura recibió o no asignación, así como los resultados globales de la subasta.

Esta comunicación se enviará por FOVI a los postores el segundo día hábil bancario inmediato siguiente al de la subasta de que se trate.

6.3.10 Procedimiento operativo posterior a la subasta.

Conforme a lo señalado en el punto 6.2.10.

6.3.11 Incumplimiento.

Conforme a lo señalado en el punto 6.2.11.

6.3.12 Convocatoria.

Conforme a lo señalado en el punto 6.2.12.


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